Ayudas para el inicio y el mantenimiento de la actividad de los autónomos.

Queremos recordar que hasta el 30 de junio de 2022 está abierto el plazo para solicitar las Subvenciones para el mantenimiento y consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EUpara autónomos.

Esta orden contiene dos líneas de ayuda:

Línea 1: Subvenciones para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la generación de su empleo por cuenta propia y el mantenimiento durante los primeros 12 meses de actividad.¿Quiénes pueden solicitar la ayuda?

Las personas físicas establecidas como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, que realicen la actividad en nombre propio, incluyendo a las integradas en comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica, siempre que lo soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.

b) Sociedades limitadas unipersonales, cuando el único socio que la constituya sea una persona física que desarrolle su actividad en la sociedad.

Requisitos, entre otros:

  • Figurar inscritos en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, como demandantes de empleo, el día anterior al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
  • Haber causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente en el período comprendido entre el 28 de diciembre de 2020 y el día 30 de junio de 2022, y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de presentación de la solicitud

Cuantía de la ayuda:

La cuantía de la subvención será a tanto alzado por un importe de 3.000 euros por persona trabajadora beneficiaria que se incrementarán de acuerdo con los siguientes porcentajes y tramos:

a) Un incremento del 20% en la intensidad de ayuda, cuando la actividad se desarrolle en municipios o núcleos de población, definidos como zonas en riesgo de despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación.

b) Un incremento del 30% en la intensidad de ayuda para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.

 c) Un incremento del 40 % de la intensidad de la ayuda para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.

Línea 2: Subvenciones para la consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la continuidad de su empleo por cuenta propia tras los primeros 12 meses de actividad.

¿Quiénes pueden solicitar la ayuda?

Las personas descritas en la línea 1, que realicen la actividad en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, de acuerdo con la tipología y clasificación establecida en la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, así como en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a tipología establecida en la mencionada ley, siempre que en el momento de solicitar la ayuda lleven más de 12 y menos de 36 meses de alta en el RETA o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

Requisitos, entre otros:

Encontrarse dado de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, desde los 12 meses siguientes al inicio de la actividad y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de la presentación de la solicitud.

Cuantía de la ayuda:

La cuantía de la subvención será a tanto alzado por un importe de 2.000 euros por persona trabajadora beneficiaria.

Plazo.

El plazo de presentación de solicitudes terminará el 30 de junio de 2022

Regulación:

Orden 194/2021, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el inicio, mantenimiento y consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU y se realiza su convocatoria para 2021.

Más información:

Enlace a la orden y a los trámites.

Enlace al Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha