Ayudas destinadas al programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico

Su finalidad es apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible de las pequeñas y medianas empresas de comercio local, o a través de sus asociaciones, ayudándolas a adaptarse a la digitalización del sector comercial y al cambio de comportamiento de los consumidores.

Beneficiarios:

a) Línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial: empresas del sector del comercio que tengan la consideración de pyme. La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades de los códigos 45, 46 ó 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).

b) Línea de ayudas destinada a asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial: asociaciones y entidades asociativas que integren varias asociaciones de comerciantes o las federaciones y confederaciones de las mismas legalmente constituidas, cuya sede social se ubique en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y, además: Que tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial; Que agrupen, al menos, al 30 % de socios cuya actividad principal esté dentro de alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la CNAE-2009.

Gastos subvencionables: Para la línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial, serán gastos subvencionables los indicados en el artículo 10.2 de la Orden 246/2022; y los contemplados en el artículo 10.3 de la citada orden, respecto a la línea de ayudas destinada a asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial.

Orden de bases_Ayudas fondo tecnológico_Modernización del comercio

El periodo subvencionable comprende desde la fecha de notificación de la resolución de concesión hasta, como máximo, el 31 de diciembre de 2023 (se indicará en la resolución individual de concesión).

Requisitos de las actuaciones subvencionables:

  1. Que se realicen dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
  2. Que el importe total del gasto de las actuaciones, IVA excluido, no sea inferior a 1.000 euros.
  3. El período mínimo de mantenimiento de la inversión será de 3 años desde la finalización de la ejecución del proyecto.

Importe: ayuda máxima del 85% del gasto subvencionable aprobado para la línea destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial y ayuda máxima del 100% para la línea destinada a asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial. El importe máximo de ayuda a percibir para ambas líneas por cada entidad beneficiaria será de 60.000 €.

Presentación de solicitudes: del 26 de abril de 2023 al 25 de mayo de 2023.

Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, mediante el Anexo I incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, acompañado de los Anexo II, Anexo III y Anexo IV, además de los presupuestos y una memoria del proyecto. Si el solicitante es persona jurídica, tiene que aportar también escritura de constitución, NIF y escritura de apoderamiento de la persona representante.

https://www.jccm.es/tramites/1007535

Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

Las subvenciones se abonarán de forma anticipada en un 100 % de la subvención concedida con la resolución de concesión.

CONVOCATORIA_AYUDAS MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO_FONDO TECNOLÓGICO